NORMATIVA PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES
1.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
El reconocimiento de las mujeres a contar con los mismos derechos y
oportunidades que los hombres en aquellas cuestiones relacionadas con su
formación, trabajo, participación en las decisiones políticas y económicas o la
formación de núcleos familiares tiene sus orígenes a mediados del siglo pasado.En
este momento nacen las denominadas políticas de Igualdad de Oportunidades constituyéndose
como instrumentos legales y jurídicos procedentes de diversos organismos
nacionales, europeos e internacionales,
con la finalidad de erradicar la discriminación de la mujer en los diferentes
ámbitos sociales.
El concepto de Igualad aparece reflejado por primera vez en los ideales
que marcaron la época de la Ilustración “Libertad, Igualdad y Fraternidad. A
partir de este momento, son muchos los pensadores que comenzaron a hacer
hincapié en la idea de trabajar por y para la consecución de la Igualdad de
Oportunidades entre mujeres y hombres.
Poulain de la Barre en su obra “Sobre la Igualdad de los Sexos.”(1673),
Olympe de Geuges “Declaración de los Derechos de la Mujer.” (1791) o un poco más
tarde Condorcet en su ensayo “Sobre la admisión de las mujeres en el Derecho de
la Ciudad”, han sido ilustres referentes que han venido cimentando las bases
que actualmente están desarrollando las diversas normativas que regulan los
organismos públicos en materia de Igualdad de Oportunidades.
2. NORMATIVA PARA LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES DE NACIONES UNIDAS
Carta de las Naciones Unidas (1945). En ella se establecen los derechos de las
mujeres como principio básico de las Naciones Unidas para
la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres..
Declaración Universal de los Derechos Humanos
(1948). Donde se establece lo
siguiente:
“Toda persona tiene todos los derechos y
libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza,
color o sexo”.
Convención para la Eliminación de todas las
formas de Discriminación contra las mujeres (1979). La importancia de esta convención hizo que la
ONU instase a los gobiernos a establecer formalmente la igualdad de derechos
entre mujeres y hombres para combatir las desigualdades existentes.
Conferencias Internacionales de las Mujeres. Estas conferencias han sido convocadas
periódicamente por Naciones Unidas y han
contribuido a situar la igualdad de
género como eje central de actuación en
todo el mundo. Las Conferencias Internacionales
sobre la Mujer han tenido lugar en diferentes países:
·
México (1975).
·
Copenhague (1980).
·
Nairobi (1985).
·
Beijing (1995).
·
Nueva York (2000).
·
Seguimiento Beijing + 10 (2005).
·
Seguimiento Beijing + 15 (2010)
La temática abordada respondía a diversas cuestiones: pobreza, violencia
contra las mujeres, salud, educación, derechos humanos, participación de las
mujeres, medios de comunicación, medio ambiente y otros aspectos relacionados
con la protección y el desarrollo de mujeres y niñas.
1. NORMATIVA PARA
LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA UNIÓN EUROPEA
Tratado de Roma (1957). Destaca en materia de Igualdad de
Oportunidades la aplicación del
principio de igualdad en la retribución entre las trabajadoras y los
trabajadores que desempeñen un mismo trabajo. Así mismo, mediante este tratado
se funda el Fondo Social Europeo para mejorar la formación y promocionar el
empleo, dando un trato especial a la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y
hombres.
Cumbre de París (1972). El dato relevante de esta cumbre celebrada en
París reside en la aprobación del
Primer Programa de Acción Social que tiene como objetivo:
“Crear
una situación en la que se asegure la igualdad entre los hombres y las mujeres
en el mercado laboral de la comunidad.”.
Tratado
de Ámsterdam (1997). Este tratado supuso un paso más en la lucha por la igualdad de
oportunidades, ya que en él se estableció el principio de fomento de la
igualdad entre mujeres y hombres. Su texto contiene artículos concretos en los que se establece formalmente
el compromiso de la Comunidad con la Integración de la Igualdad en el conjunto
de las políticas llevadas a cabo.
Otros Programas. A estos referentes históricos hay que sumar
la aparición de diferentes programas específicos en materia de Igualdad de
Oportunidades comunitarios que se van actualizando con una periodicidad de
entre 4 o 5 años. Entre ellos podemos destacar la “Estrategia para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres
2010-2015”, los “Programas de
Acción” o la “Hoja de Ruta de
Igualdad de Género”.
4. NORMATIVA PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN ESPAÑA
La Constitución Española (1978). La Constitución Española establece en el
Artículo 14 que:
“Los
españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación
alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra
condición o circunstancia personal o social”.
Así mismo,
el articulo 9.2 alude a la necesidad de
promover las circunstancias generadoras de igualdad por parte de los poderes públicos.
A estos preceptos hay que unir el artículo 10.2 que establece:
“Las normas relativas a los derechos
fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán
de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los
tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas ratificados por España”.
Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra
la violencia de género. Esta
Ley tiene como finalidad combatir la violencia de género, a través de diversas
medidas que se adoptan en torno a los derechos de las mujeres víctimas. La
prevención a través de la educación, la sensibilización de la ciudadanía, el
control de la imagen de la mujer que se transmite a través de los medios de
comunicación o la detección y coordinación de los Cuerpos de Seguridad y otras
administraciones para mejorar la seguridad o protección de las mujeres víctimas
de violencia de género son algunas las
cuestiones aquí reguladas.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato
y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la
eliminación de la discriminación de la mujer en cualesquiera de los ámbitos de
la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica,
social y cultural. La mayor novedad de esta Ley radica, con todo, en la
prevención de conductas discriminatorias y en la previsión de políticas activas
para hacer efectivo el principio de igualdad.
·
Planes Nacionales para la Igualdad de
Oportunidades. En el año 1988 se aprueba el I Plan de Igualdad de Oportunidades a nivel
nacional para desarrollar y hacer efectivos los preceptos señalados en la Ley
de Igualdad. Actualmente se encuentra en vigor el recientemente aprobado Plan Estratégico Nacional para el período
2014 – 2016.
5. NORMATIVA PARA LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
Estatuto de Autonomía para Andalucía. Recoge en el artículo 10.2. lo siguiente:
“La Comunidad Autónoma propiciará la efectiva
igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la democracia
paritaria y la plena incorporación de aquélla en la vida social, superando
cualquier discriminación laboral, cultural, económica, política o social”.
Por otro lado, en su artículo 15 señala:
“Se
garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los
ámbitos”
Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la Igualdad de Género en Andalucía. La ley 12 / 2007 de 26 de noviembre, supone
la implementación y complemento de la Ley General en el marco de la Comunidad
Autónoma de Andalucía. Tiene por
objetivo principal garantizar la vinculación de los poderes públicos en todos
los ámbitos, en el cumplimiento de la transversalidad como instrumento para el
ejercicio de las competencias autonómicas en clave de género.
Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas
de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género. Esta Ley tiene por objetivo la adopción de medidas para la erradicación de la
violencia de género y las relaciones de poder sobre las mujeres mediante
actuaciones de prevención, sanción y de protección integral a las mujeres
víctimas de violencia de género.
Planes de Igualdad de la Comunidad Autónoma
de Andalucía. De igual
forma que lo vienen haciendo otras Administraciones Públicas, Andalucía cuenta
con su propio plan de igualdad para actuar contra la discriminación por razón
de sexo, el ahora denominado Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y
Hombres en Andalucía..
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